Se modifican los modelos 130 y 131 a las especificaciones establecidas en la Orden HAP/258/2015, de 17 de febrero, por la que se modifica la Orden EHA/672/2007, de 19 de marzo, por la que se aprueban los modelos 130 y 131 para la autoliquidación de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondientes, respectivamente, a actividades económicas en estimación directa y a actividades económicas en estimación objetiva pasivos.
Según la Ley 26/2014, de 27 de Noviembre se suprime para 2015 el beneficio fiscal de 400 euros para aquellos contribuyentes con rendimientos del trabajo o actividades económicas.
En el Real Decreto se introduce en el artículo 110.3 c) del Reglamento del Impuesto, y con efecto a partir de 2015, una nueva deducción sobre el rendimiento neto para los contribuyentes cuyo rendimiento en el año anterior hubiera sido menor de 12.000 euros.
Esta deducción minorará el pago fraccionado previo y se reflejará en las siguientes casillas:
Se calculará el rendimiento neto del ejercicio anterior, y a partir de dicho cálculo se aplicará la minoración si corresponde.
Cuantía de los rendimientos netos del ejercicio anterior |
Importe de la minoración |
Igual o inferior a 9.000 euros |
100 |
Entre 9.000,01 y 10.000 euros |
75 |
Entre 10.000,01 y 11.000 euros |
50 |
Entre 11.000,01 y 12.000 euros |
25 |
Si lo desea también puede modificar manualmente las casillas de la nueva deducción.
A partir del 2015, la Agencia tributaria no permite la impresión del modelo 131, la presentación se realizará de forma telemática.
Según la Ley 26/2014, en actividades de estimación directa simplificada se limitan el 5% de los gastos de difícil justificación a un máximo de 2.000 euros anuales, cómo norma general. La aplicación calcula automáticamente dicho límite.
Para generar un borrador del modelo pulse el botón - “Listado por impresora” situado en la parte superior, o el botón
situado en la parte inferior.
Se generará un borrador en Excel con los datos del modelo.
Recuerde que el borrador no es válido para su presentación.
Si la empresa está asociada a a3ASESOR | portal asesor se incorpora la opción de enviar a la bandeja de portal el borrador del modelo 130 y 131 mediante el botón .
Después de pulsar el botón podrá definir las opciones de publicación, en el formato que se puede subir es PDF.
Al “Aceptar” se generará el borrado en formato PDF y se enviará a la bandeja de entrada del portal.